Asimismo, desde hace aproximadamente un año, la misma empresa, ha instalado una planta (industria) dedicada al machaqueo de piedras (trituración y clasificación de áridos), situada al Oeste de la planta de hormigón, la cual no se ve a simple vista ya que está situada en el volcán detrás de unos morros.
Las citadas industrias carecen de las autorizaciones administrativas pertinentes, es decir, de la Licencia Municipal de apertura, Calificación Territorial y de la Calificación de actividades clasificadas, otorgadas por el Cabildo Insular de Fuerteventura, de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1/1998, de 8 de Enero, de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y de Actividades Clasificadas de Canarias, así como en el Reglamento de Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de Noviembre.
Esta situación se produce por la negligencia y connivencia del Ayuntamiento de La Oliva, por lo que se podría incurrir en la comisión de hechos delictivos, ya que de acuerdo con los arts. 78 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, arts. 22.2 del R.O.F. o el arts. 60 del T.R.R.D..L. los miembros de las corporaciones Locales están sujetos a Responsabilidad Civil y Penal por los actos (hechos, acciones) omisiones (negligencias) realizadas en el ejercicio de su cargo.
¿Tienen pensado poner esto en manos de los tribunales competentes? Es que si no quedara en el aire y, como de costumbre, aqui paz y despues gloria.
ResponderEliminarUn saludo.
¿Como hará Cororasa para llevarse tan bien con el poder? Qué poderoso es el dinero...
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