jueves 2 de julio de 2009

La Tarifa de Último Recurso (TUR)

Ha llegado el día 1 de julio, y si el consumidor no ha aceptado ninguna oferta por parte del resto de compañías comercializadoras, pasará automáticamente a tener la tarifa de último recurso (TUR), normalmente con la comercializadora de su propia distribuidora.

El Real Decreto 485/2009, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica, establece que a partir del 1 de julio de 2009 las tarifas integrales de energía eléctrica, que son las actuales y las que fija el Gobierno, quedan extinguidas. A cambio aparece la denominada tarifa de último recurso para los llamados "usuarios de baja tensión" (hogares y pymes) -cuya potencia contratada sea igual o inferior a 10 kW-. Aunque dicho límite de potencia puede ser modificado por orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. La TUR es una tarifa fija que se revisará cada tres meses y con la que el Gobierno fijará el precio mínimo y el máximo al que las comercializadoras autorizadas cobrarán la electricidad a quienes que se registren como usuarios de último recurso.

El decreto establece que asumirán la obligación de suministro de la TUR de energía eléctrica únicamente las siguientes empresas comercializadoras:

  • Endesa Energía XXI, S.L.
  • Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.
  • Unión Fenosa Metra, S.L.
  • Hidrocantábrico Energía Último Recurso, S.A.U.
  • E.ON Comercializadora de Último Recurso, S.L.
Aún no se conocen cuáles serán las condiciones económicas de la nueva tarifa de último recurso (TUR) pues el Ministerio de Industria sigue negociando este punto con las compañías eléctricas. Lo que sí es seguro es que al suscribirla, el ciudadano no deberá hacer frente a ningún compromiso de permanencia por lo que podrá dejarla cuando él quiera, y salir al mercado libre sin ningún tipo de penalización. Por ello mismo, no hay por qué apresurarse en la toma de decisiones.

La idea extendida es que el precio de la TUR será algo más alto que el actual, lo que permitirá a las comercializadoras eléctricas tener cierto margen de maniobra. De esta manera, podrán lanzar ofertas para que los consumidores abandonen la tarifa de último recurso (el sistema regulado, en definitiva) y compren la electricidad en el mercado libre, donde se prevé que la competencia beneficie al consumidor.

El 1 de julio, si nuestra potencia contratada es menor a 10kW, tendremos la posibilidad de acogernos a la TUR o buscar ofertas en el mercado libre, por eso lo más recomendable es actuar con cautela y esperar a que las condiciones económicas de la nueva tarifa regulada por el Gobierno se aclaren. Una vez que esto suceda, deberemos comprobar cuál de las dos opciones nos conviene más. Si finalmente las expectativas se cumplen y la tarifa de último recurso resulta ser algo más cara, habrá quien prefiera sacrificar esa diferencia de dinero por la comodidad que para más de uno supone no entrar en la guerra de ofertas que se prevé para los próximos meses. No obstante, si se considera la posibilidad de pasarse al mercado libre, se deben extremar las precauciones.

¿Qué potencia tengo contratada?

Tarifa 1.0: menor de 1 kW
Tarifa 2.0.1: de 1 kW a 2,5 kW
Tarifa 2.0.2: de 2,5 kW a 5 kW
Tarifa 2.0.3: de 5 kW a 10 kW
Tarifa 3.0.1: de 10 kW a 15 kW

Fuente: Consumer
MÁS INFORMACIÓN: http://fuerteventuralimpia.blogspot.com/

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